Ley 39/1975, de 31 de octubre, sobre designación de Letrados asesores del órgano administrador de determinadas Sociedades mercantiles.
BOE-A-1975-22434 · Boletín Oficial del Estado, 1975-11-03 · Jefatura del Estado
Ley 39/1975 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.
Resumen
La Ley 39/1975 regula la designación de Letrados asesores en el órgano administrador de ciertas sociedades mercantiles en España. Esta norma se aplica a las sociedades domiciliadas en España con un capital igual o superior a 50 millones de pesetas, un volumen de negocio de 100 millones de pesetas o más de 50 trabajadores, así como a las sociedades extranjeras con operaciones en España que cumplan criterios similares.
Entre los puntos clave, destaca que es obligatorio contar con un Letrado asesor que debe ser miembro del Colegio de Abogados correspondiente. Este Letrado tiene la responsabilidad de asesorar sobre la legalidad de los acuerdos y decisiones del órgano administrativo, debiendo dejar constancia de su intervención en la documentación social. Además, el incumplimiento de esta obligación puede ser considerado en procesos de responsabilidad derivados de decisiones del órgano administrador. Por último, se establece que el Letrado asesor no puede ejercer en más de cinco sociedades, aunque esta limitación puede ser modificada por el Gobierno. Esta ley no está derogada y sigue vigente en la actualidad.
Datos clave
- Rango
- Ley 39/1975
- Fecha de la disposición
- 1975-10-31
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 263, 1975-11-03
- Entrada en vigor
- 1975-11-23
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-16
- Artículos
- 5
- Identificador BOE
- BOE-A-1975-22434
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Una gran mayoría de las Sociedades mercantiles viene disfrutando del asesoramiento jurídico en el seno de sus órganos de dirección o de administración. Pero es lo cierto también que en otras Sociedades, donde falta ese asesoramiento, se adoptan a veces acuerdos que, por ignorancia de la normativa vigente, dan lugar a actuaciones irregulares que desembocan en innecesarios conflictos ante los Tribunales.
Índice del articulado
Normas que la modifican o afectan (2)
Normas a las que afecta (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| En relación con | el art. 3 del Estatuto General de la Abogacia, aprobado por Decreto de 28 de junio de 1946 |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 39/1975?
- Ley 39/1975 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 39/1975?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 39/1975?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.