Ley 19/2007, de 17 de diciembre, de designación de Senadores y Senadoras en representación de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
BOE-A-2008-1186 · Boletín Oficial del Estado, 2008-01-23 · Comunidad Autónoma de Andalucía
Ley 19/2007 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
La Ley 19/2007 regula la designación de Senadores y Senadoras en representación de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Esta norma aplica a los ciudadanos andaluces y a los órganos del Parlamento de Andalucía desde su entrada en vigor el 18 de diciembre de 2007.
Entre los puntos clave, establece que cualquier persona con la condición política de andaluz puede ser designada como Senador, lo que amplía las posibilidades respecto a la normativa anterior. Además, se garantiza la representación proporcional de los grupos parlamentarios en la designación de Senadores, aplicando la regla D'Hondt para determinar cuántos Senadores corresponden a cada grupo. La ley también promueve la paridad de género, exigiendo que al menos un 40% de los designados sean de cada sexo. Por último, se regula el procedimiento de ceses y vacantes, asegurando que las vacantes se cubran de manera inmediata por el mismo grupo parlamentario que propuso al Senador cesante.
Esta ley no se aplica a los Senadores ya designados en la VII Legislatura del Parlamento de Andalucía, salvo en lo relativo a las causas de incompatibilidad que surjan tras su entrada en vigor.
Datos clave
- Rango
- Ley 19/2007
- Fecha de la disposición
- 2007-12-17
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 20, 2008-01-23
- Entrada en vigor
- 2007-12-27
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Andalucía
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 11
- Identificador BOE
- BOE-A-2008-1186
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA
A todos los que la presente vieren, sabed
Que el Parlamento de Andalucía ha aprobado y yo, en nombre del Rey y por la autoridad que me confieren la Constitución y el Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley de designación de Senadores y Senadoras en representación de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Personas designables e incompatibilidades.
- Artículo 3. Designación proporcional.
- Artículo 4. Proposición de candidaturas y paridad.
- Artículo 5. Procedimiento.
- Artículo 6. Mandato.
- Artículo 7. Ceses y vacantes.
- Artículo 8. Comparecencia de los Senadores y Senadoras designados ante el Parlamento de Andalucía.
- Disposición transitoria única. Representación actual en el Senado.
- Disposición final primera. Adaptación del Reglamento del Parlamento de Andalucía.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Cita | Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General. |
| De conformidad con | Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 19/2007?
- Ley 19/2007 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 19/2007?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.