Artículo 5. Procedimiento.
Artículo 5 de la Ley 19/2007, de 17 de diciembre, de designación de Senadores y Senadoras en representación de la Comunidad Autónoma de Andalucía. · BOE-A-2008-1186
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-12-27.
Texto consolidado
De conformidad con lo establecido en el artículo 103.4 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, el procedimiento de elección de los Senadores representantes de la Comunidad Autónoma de Andalucía se regulará en el Reglamento del Parlamento de Andalucía.