Disposición transitoria única. Representación actual en el Senado.
Disposición transitoria única de la Ley 19/2007, de 17 de diciembre, de designación de Senadores y Senadoras en representación de la Comunidad Autónoma de Andalucía. · BOE-A-2008-1186
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-12-27.
Texto consolidado
La presente Ley no será de aplicación a los Senadores y Senadoras de la Comunidad Autónoma de Andalucía cuya designación se ha efectuado en la VII Legislatura del Parlamento de Andalucía. Se exceptúa de lo anterior lo dispuesto en sus artículos 6 y 7.
En relación con la incompatibilidad sobrevenida prevista en el artículo 7.1 de esta Ley, las causas de incompatibilidad reguladas en su artículo 2.2 solo serán aplicables en el caso de que el nombramiento que genera la incompatibilidad se produzca tras la entrada en vigor de la presente Ley.
Más artículos de Ley 19/2007
- ← Artículo 8. Comparecencia de los Senadores y Senadoras designados ante el Parlamento de Andalucía.
- → Disposición final primera. Adaptación del Reglamento del Parlamento de Andalucía.
- Ver la norma completa: Ley 19/2007, de 17 de diciembre, de designación de Senadores y Senadoras en representación de la Comunidad Autónoma de Andalucía.