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InstrucciónEstatal Vigente

Instrucción de 18 de marzo de 2003, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, con relación al artículo 107 de la Ley 24/ 2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales Administrativas y del Orden Social.

BOE-A-2003-7251 · Boletín Oficial del Estado, 2003-04-09 · Ministerio de Justicia

BOE-A-2003-7251 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.

Resumen

La Instrucción de 18 de marzo de 2003 regula la interoperabilidad de los sistemas telemáticos entre notarios y registradores en España, en el marco de la Ley 24/2001. Esta norma se aplica a notarios y registradores desde su publicación y establece directrices para mejorar la comunicación y el intercambio de información entre estos profesionales.

Entre los puntos clave, se destaca que los certificados electrónicos de notarios y registradores deben incluir información específica sobre su identidad y condición profesional. Además, se establece que la comunicación entre notarios y registradores se realizará a través de nodos centrales, lo que simplificará el intercambio de documentos y garantizará la verificación de la vigencia de las firmas electrónicas. También se limita la validez de las copias auténticas electrónicas a un período de 30 días, promoviendo así la agilidad en la gestión de documentos. Esta norma no está derogada y sigue vigente, contribuyendo a la modernización de los procesos notariales y registrales en España.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Instrucción
Fecha de la disposición
2003-03-18
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 85, 2003-04-09
Entrada en vigor
2003-04-09
Departamento
Ministerio de Justicia
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-18
Artículos
6
Identificador BOE
BOE-A-2003-7251
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

La Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, entre otras modificaciones en el campo de la seguridad jurídica preventiva, estableció en los artículos 106 y siguientes, lo relativo a la incorporación de las técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas a la seguridad jurídica preventiva. En dichos preceptos se contemplan una serie de medidas, en distintos campos, que requieren un desarrollo para su completa puesta en aplicación.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas a las que afecta (4)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor BOE-A-2003-7251?
BOE-A-2003-7251 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de BOE-A-2003-7251?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
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