Decreto-ley 20/2020, de 28 de julio, por el que se establecen con carácter extraordinario y urgente diversas medidas ante la situación generada por el coronavirus (COVID-19).
BOJA-b-2020-90326 · Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, 2020-07-29 · Comunidad Autónoma de Andalucía
Decreto-ley 20/2020 está derogada desde el 2020-09-11: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Decreto-ley 20/2020
- Fecha de la disposición
- 2020-07-28
- Publicación
- Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 46, 2020-07-29
- Entrada en vigor
- 2020-07-30
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Andalucía
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2020-09-11
- Consolidado actualizado
- 2026-02-23
- Artículos
- 53
- Identificador BOE
- BOJA-b-2020-90326
- Texto consolidado
- boe.es
De qué trata esta norma
I
El 30 de enero de 2020, la Organización Mundial de la Salud, en adelante OMS, declaró el brote del coronavirus COVID-19 como una Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII), ya que su propagación internacional suponía un riesgo para la salud pública de los países y exigía una respuesta internacional coordinada. En su declaración, el Comité de Emergencias instaba a los países a estar preparados para contener la enfermedad e interrumpir la propagación del virus, mediante la adopción de medidas firmes para detectar la enfermedad de manera precoz, aislar y tratar los casos, hacer seguimiento de los contactos y promover medidas de distanciamiento social acordes con el riesgo.
Índice del articulado
- Artículo 1. Modificación del artículo 62 de la Ley 16/2011, de 23 de diciembre, de Salud Pública de Andalucía.
- Artículo 2. Modificación del artículo 66 de la Ley 16/2011, de 23 de diciembre, de Salud Pública de Andalucía.
- Artículo 3. Creación del Comité de Vigilancia en Salud.
- Artículo 4. Composición.
- Artículo 5. Funciones.
- Artículo 6. Funcionamiento del Comité.
- Artículo 7. Creación del Consejo de Alertas de Salud Pública de Alto Impacto.
- Artículo 8. Composición.
- Artículo 9. Funciones.
- Artículo 10. Comité Territorial.
- Artículo 11. Régimen de funcionamiento.
- Artículo 12. Indemnizaciones.
- Artículo 13. Obligación de relacionarse electrónicamente con la Administración de la Junta de Andalucía en los procedimientos selectivos de acceso, provisión de puestos y bolsas…
- Artículo 14. Objeto y convocatoria.
- Artículo 15. Régimen jurídico.
- Artículo 16. Disponibilidades presupuestarias.
- Artículo 17. Régimen de compatibilidad de las subvenciones.
- Artículo 18. Persona o entidad beneficiaria.
- Artículo 19. Concepto subvencionable e importe de la subvención.
- Artículo 20. Obligaciones de las personas beneficiarias.
- Artículo 21. Procedimiento de concesión.
- Artículo 22. Solicitud.
- Artículo 23. Medio de presentación de solicitudes.
- Artículo 24. Documentación acreditativa.
- Artículo 25. Plazo de presentación de solicitudes.
- Artículo 26. Subsanación de solicitudes.
- Artículo 27. Órgano competente para la ordenación, instrucción y resolución.
- Artículo 28. Tramitación.
- Artículo 29. Resolución del procedimiento.
- Artículo 30. Publicidad de las subvenciones concedidas.
- Artículo 31. Notificación.
- Artículo 32. Forma de pago y régimen de fiscalización.
- Artículo 33. Modificación de la resolución de concesión.
- Artículo 34. Justificación de la subvención.
- Artículo 35. Reintegro.
- Artículo 36. Régimen sancionador.
- Artículo 37. Objeto.
- Artículo 38. Compensación económica extraordinaria en las concesiones de servicios de transporte público regular interurbano de viajeros por carretera.
- Artículo 39. Cálculo de la compensación económica extraordinaria para cada concesión del primer tramo.
- Artículo 40. Procedimiento para la tramitación de la compensación económica.
- Disposición adicional primera. Régimen jurídico de las zonas y puestos de difícil cobertura.
- Disposición adicional segunda. Coordinación de las Agencias sanitarias con las UGSP del Servicio Andaluz de Salud.
- Disposición adicional tercera. Constitución de los órganos colegiados.
- Disposición adicional cuarta. Servicio Marítimo.
- Disposición transitoria primera. Zonas y puestos de difícil cobertura vigentes.
- Disposición transitoria segunda. Procedimientos en tramitación.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del Decreto 197/2007, de 3 de julio, por el que se regula la estructura, organización y funcionamiento de los servicios de atención prima…
- Disposición final segunda. Modificación del Decreto 136/2001 de 12 de junio, por el que se regulan los sistemas de selección del personal estatutario y de provisión de plazas bá…
- Disposición final tercera. Modificación del Decreto 155/2005, de 28 de junio, por el que se regula el procedimiento para el nombramiento de personal emérito en el Servicio Andal…
- Disposición final cuarta. Modificación de normas de naturaleza reglamentaria.
- Disposición final quinta. Habilitación.
- Disposición final sexta. Entrada en vigor y vigencia.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se deroga | , por Acuerdo de no convalidación publicado por Resolución de 25 de agosto de 2020 |
Normas a las que afecta (5)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Decreto-ley 20/2020?
- Decreto-ley 20/2020 está derogada desde el 2020-09-11: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Decreto-ley 20/2020?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Decreto-ley 20/2020?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.