Artículo 6. Funcionamiento del Comité.
Artículo 6 del Decreto-ley 20/2020, de 28 de julio, por el que se establecen con carácter extraordinario y urgente diversas medidas ante la situación generada por el coronavirus (COVID-19). · BOJA-b-2020-90326
Atención: Decreto-ley 20/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el Comité de Vigilancia en Salud se reunirá, al menos, dos veces al año y siempre que sea convocado por su Presidencia.
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