El Vínculo El Vínculo.
Decreto-leyAutonómico Vigente

Decreto-ley 2/2020, de 25 de marzo, de medidas urgentes de carácter tributario para paliar los efectos del COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

BOE-A-2020-4557 · Boletín Oficial del Estado, 2020-04-22 · Comunidad Autónoma de Extremadura

Decreto-ley 2/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.

Resumen

Este Decreto-ley regula medidas tributarias urgentes en la Comunidad Autónoma de Extremadura para mitigar los efectos del COVID-19. Aplica a contribuyentes, incluyendo familias, PYMES y autónomos, desde su entrada en vigor el 25 de marzo de 2020.

Entre los puntos clave, se amplían en tres meses los plazos para la presentación y pago de autoliquidaciones y declaraciones de los Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones y sobre Transmisiones Patrimoniales, para aquellos plazos que finalicen entre el 14 de marzo y el 30 de mayo de 2020. Además, se prorrogan los plazos de presentación de autoliquidaciones y declaraciones de deudas de derecho público hasta el segundo mes siguiente a su vencimiento. También se establece una bonificación del 50% en la tasa fiscal sobre juegos de azar para máquinas recreativas durante el periodo del 1 de abril al 30 de junio de 2020, siempre que se mantengan registradas. Por último, no se exigirán garantías para aplazamientos de deudas tributarias que no superen los 50.000 euros hasta el 30 de junio de 2020.

Este Decreto-ley no está derogado y sigue vigente en los términos establecidos.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Decreto-ley 2/2020
Fecha de la disposición
2020-03-25
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 112, 2020-04-22
Entrada en vigor
2020-03-27
Departamento
Comunidad Autónoma de Extremadura
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-20
Artículos
8
Identificador BOE
BOE-A-2020-4557
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

I

Las medidas que se adoptan mediante este Decreto-ley en materia tributaria tienen como principal objeto evitar el desplazamiento de los contribuyentes a las dependencias públicas de la Administración tributaria extremeña en tanto dure la declaración del estado de alarma decretado por el Gobierno mediante Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.

Es un propósito también de este Decreto-ley favorecer la liquidez de familias, PYMES y autónomos, prorrogando plazos de pago y elevando la cuantía mínima para la exención de garantía en aplazamientos y fraccionamientos de deudas.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (2)

Normas a las que afecta (5)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Decreto-ley 2/2020?
Decreto-ley 2/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
¿Qué normas modifican o afectan a Decreto-ley 2/2020?
El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Decreto-ley 2/2020?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.