Decreto-ley 2/2020, de 25 de marzo, de medidas urgentes de carácter tributario para paliar los efectos del COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
BOE-A-2020-4557 · Boletín Oficial del Estado, 2020-04-22 · Comunidad Autónoma de Extremadura
Decreto-ley 2/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Resumen
Este Decreto-ley regula medidas tributarias urgentes en la Comunidad Autónoma de Extremadura para mitigar los efectos del COVID-19. Aplica a contribuyentes, incluyendo familias, PYMES y autónomos, desde su entrada en vigor el 25 de marzo de 2020.
Entre los puntos clave, se amplían en tres meses los plazos para la presentación y pago de autoliquidaciones y declaraciones de los Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones y sobre Transmisiones Patrimoniales, para aquellos plazos que finalicen entre el 14 de marzo y el 30 de mayo de 2020. Además, se prorrogan los plazos de presentación de autoliquidaciones y declaraciones de deudas de derecho público hasta el segundo mes siguiente a su vencimiento. También se establece una bonificación del 50% en la tasa fiscal sobre juegos de azar para máquinas recreativas durante el periodo del 1 de abril al 30 de junio de 2020, siempre que se mantengan registradas. Por último, no se exigirán garantías para aplazamientos de deudas tributarias que no superen los 50.000 euros hasta el 30 de junio de 2020.
Este Decreto-ley no está derogado y sigue vigente en los términos establecidos.
Datos clave
- Rango
- Decreto-ley 2/2020
- Fecha de la disposición
- 2020-03-25
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 112, 2020-04-22
- Entrada en vigor
- 2020-03-27
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Extremadura
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 8
- Identificador BOE
- BOE-A-2020-4557
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
I
Las medidas que se adoptan mediante este Decreto-ley en materia tributaria tienen como principal objeto evitar el desplazamiento de los contribuyentes a las dependencias públicas de la Administración tributaria extremeña en tanto dure la declaración del estado de alarma decretado por el Gobierno mediante Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.
Es un propósito también de este Decreto-ley favorecer la liquidez de familias, PYMES y autónomos, prorrogando plazos de pago y elevando la cuantía mínima para la exención de garantía en aplazamientos y fraccionamientos de deudas.
Índice del articulado
- Artículo 1. Plazos de presentación y pago de los Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones y sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
- Artículo 2. Prórroga de los plazos de presentación de autoliquidaciones, declaraciones e ingreso de deudas de derecho público.
- Artículo 3. Bonificación de la tasa fiscal sobre los juegos de suerte, envite o azar, relativa a máquinas recreativas y de azar.
- Artículo 4. Exención de garantías en aplazamientos y fraccionamientos de pago de deudas por tributos propios y deudas de derecho público.
- Artículo 5. Suspensión de plazos en el ámbito tributario de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Habilitación.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se publica acuerdo de convalidación | , por Resolución de 20 de abril de 2020 |
| Se deroga | Decreto-ley 11/2020, de 29 de mayo, de medidas urgentes complementarias en materia tributaria para responder al impacto económico del COVID-19 en la Comunida… |
Normas a las que afecta (5)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Decreto-ley 2/2020?
- Decreto-ley 2/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Decreto-ley 2/2020?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Decreto-ley 2/2020?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.