Circular de la Dirección General de los Registros y del Notariado sobre inscripción en el Registro Civil de los matrimonios canónicos.
BOE-A-1980-4214 · Boletín Oficial del Estado, 1980-02-23 · Ministerio de Justicia
BOE-A-1980-4214 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.
Datos clave
- Rango
- Circular
- Fecha de la disposición
- 1980-02-15
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 47, 1980-02-23
- Entrada en vigor
- 1980-02-23
- Departamento
- Ministerio de Justicia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-16
- Artículos
- 4
- Identificador BOE
- BOE-A-1980-4214
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El artículo VI y el protocolo final del Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre Asuntos Jurídicos («Boletín Oficial del Estado» de 15 de diciembre de 1979) han supuesto una importante modificación del régimen hasta ahora vigente sobre la inscripción de los matrimonios canónicos en el Registro Civil, derogando en este punto, conforme al artículo 90 de la Constitución y al artículo 1-5 del Código Civil, los artículos 77 y 78 de este mismo Cuerpo legal, así como los preceptos correspondientes que los desarrollan de la legislación del Registro Civil.
Desde el punto de vista de este Registro, son puntos fundamentales los siguientes:
Índice del articulado
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor BOE-A-1980-4214?
- BOE-A-1980-4214 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de BOE-A-1980-4214?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.