Primero.
Primero de la Circular de la Dirección General de los Registros y del Notariado sobre inscripción en el Registro Civil de los matrimonios canónicos. · BOE-A-1980-4214
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1980-02-23.
Texto consolidado
Ha quedado derogado en todo caso el aviso previo al Registro Civil de la celebración del matrimonio canónico, que hasta ahora exigía el artículo 77 del Código Civil.