Circular de 1 de marzo de 1984, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre expedición por fotocopia de certificaciones literales del Registro Civil.
BOE-A-1984-5916 · Boletín Oficial del Estado, 1984-03-08 · Ministerio de Justicia
BOE-A-1984-5916 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.
Resumen
Esta norma regula la expedición de certificaciones literales del Registro Civil mediante fotocopia u otros procedimientos similares. Aplica a todos los Registros Civiles de España desde su publicación el 1 de marzo de 1984.
Entre los puntos clave, establece que las certificaciones deben incluir una fórmula específica en la antefirma que garantice que la copia es fiel al asiento original. Además, se requiere que la fecha, nombre, cargo y firma del responsable de la certificación estén presentes, así como el sello de la oficina. Si la certificación abarca varias hojas, todas deben ser rubricadas y selladas. También se permite que la fórmula de expedición sea bilingüe, incluyendo el idioma oficial de la Comunidad Autónoma correspondiente, aunque el uso del castellano sigue siendo obligatorio en otras actuaciones del Registro Civil. Por último, se prohíbe la expedición de certificaciones literales cuando el documento no sea claramente legible, para evitar confusiones o malentendidos. Esta circular no está derogada.
Datos clave
- Rango
- Circular
- Fecha de la disposición
- 1984-03-01
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 58, 1984-03-08
- Entrada en vigor
- 1984-03-08
- Departamento
- Ministerio de Justicia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-16
- Artículos
- 5
- Identificador BOE
- BOE-A-1984-5916
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El artículo 26 del Reglamento del Registro Civil establece en su segundo párrafo que «cabe certificar sobre copias de los asientos, obtenidas por fotografía o procedimientos análogos del modo que autorice la Dirección General». En uso de estas facultades y a partir especialmente de la Circular de 14 de febrero de 1977, tal autorización ha sido concedida a muchos Registros Civiles.
Índice del articulado
Normas a las que afecta (3)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Cita | Convenio de 8 de septiembre de 1976 |
| De conformidad con | Ley de 8 de junio de 1957 sobre el Registro Civil. |
| De conformidad con | Decreto de 14 de noviembre de 1958 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley del Registro Civil. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor BOE-A-1984-5916?
- BOE-A-1984-5916 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de BOE-A-1984-5916?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.