Circular 2/2021, de 10 de febrero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología y condiciones del etiquetado de la electricidad para informar sobre el origen de la electricidad consumida y su impacto sobre el medio ambiente.
BOE-A-2021-2570 · Boletín Oficial del Estado, 2021-02-19 · Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
Circular 2/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Circular 2/2021
- Fecha de la disposición
- 2021-02-10
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 43, 2021-02-19
- Entrada en vigor
- 2021-02-20
- Departamento
- Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 11
- Identificador BOE
- BOE-A-2021-2570
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El derecho de los consumidores a disponer de información transparente, veraz y contrastable es uno de los pilares de la regulación internacional y nacional y uno de los objetivos que rigen las directrices de la Unión Europea. En particular, la Directiva 2009/72/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad, establece que los Estados miembros deben garantizar que la información facilitada por los suministradores de energía eléctrica a sus clientes sobre el origen de la electricidad es fiable y se facilita de manera claramente comparable entre dichos suministradores. Dicha Directiva establece que la mencionada información debe contener los datos de la contribución de las distintas fuentes energéticas de la electricidad comercializada por cada empresa, así como el impacto sobre el medio ambiente en cuanto…
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Definiciones.
- Artículo 4. Etiquetado de electricidad correspondiente a cada empresa comercializadora.
- Artículo 5. Etiquetado de electricidad correspondiente a la energía eléctrica consumida.
- Artículo 6. Obtención de datos para la elaboración del etiquetado.
- Artículo 7. Accesibilidad de la información.
- Disposición adicional única.
- Disposición transitoria única.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se dicta en relación | , y regula el formato de etiquetado a incluir en las facturas: Resolución de 30 de noviembre de 2021 |
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Circular 2/2021?
- Circular 2/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Circular 2/2021?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Circular 2/2021?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.