El Vínculo El Vínculo.
Orden Vigente

Tercero. Distribución territorial de las subvenciones de la Administración General del Estado destinadas a la cofinanciación de los Planes Provinciales e Insulares de Cooperación.

Tercero de la Orden APU/293/2006, de 31 de enero, de desarrollo y aplicación del Real Decreto 835/2003, de 27 de junio, por el que se regula la cooperación económica del Estado a las inversiones de las Entidades locales. · BOE-A-2006-2305

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-02-12.

Texto consolidado

De acuerdo con lo establecido en el artículo 5.º del Real Decreto 835/2003, de 27 de junio para la distribución territorial de las subvenciones, se tendrán en cuenta los siguientes factores e indicadores:

a) Necesidades de infraestructura y equipamiento local, relativas al abastecimiento domiciliario de agua potable, alcantarillado, pavimentación de las vías públicas, alumbrado público, depuración de aguas residuales, recogida de residuos urbanos y vertederos, evaluadas a través de la información contenida en la Encuesta de Infraestructura y Equipamientos Locales. También se tendrá en consideración la extensión de la red viaria provincial e insular.

b) Capacidad financiera de las haciendas correspondientes, expresada por la relación entre los recursos presupuestarios y la población.

c) Factores socioeconómicos territoriales: la población, la superficie territorial, el número de núcleos de población, la inversa de la renta provincial y la tasa de desempleo.

d) Ejecución de los planes precedentes, se tendrá en cuenta el grado de ejecución de los planes de los dos años anteriores.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-02-12.

Más artículos de Orden APU/293/2006

En El Vínculo puedes leer Orden APU/293/2006 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.