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Real Decreto-ley Vigente 4 redacciones

Disposición transitoria tercera. Computabilidad como capital principal de determinados instrumentos de deuda obligatoriamente convertibles.

Disposición transitoria tercera del Real Decreto-ley 2/2011, de 18 de febrero, para el reforzamiento del sistema financiero. · BOE-A-2011-3254

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-11-15.

Texto consolidado

(Derogada)

Téngase en cuenta que esta disposición ya fue derogada por el Real Decreto-ley 24/2012.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-11-15.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 4 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito..

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