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Ley Vigente

Disposición transitoria tercera. Inscripción en el Registro de Entidades Locales de la Comunidad Valenciana.

Disposición transitoria tercera de la Ley 8/2010, de 23 de junio, de régimen local de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2010-11729

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-07-14.

Texto consolidado

La inscripción de las entidades locales en el Registro de Entidades Locales de la Comunitat Valenciana se producirá de oficio por la Generalitat cuando se apruebe el reglamento a que se hace referencia en el artículo 3 de esta ley, sin perjuicio de que, en todo caso, sea exigible la comunicación a la conselleria competente en materia de administración local de cuanta información sea necesaria para completar dicho registro.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-07-14.

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