Disposición transitoria segunda. Determinación de las campañas agrícolas en el año 2003.
Disposición transitoria segunda del Real Decreto 426/2003, de 11 de abril, por el que se regula la renta agraria para los trabajadores eventuales incluidos en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social residentes en las Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura. · BOE-A-2003-7616
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-04-13.
Texto consolidado
En 2003 la determinación de las campañas agrícolas a que se refiere la disposición adicional cuarta se realizará por las comisiones regionales de seguimiento en el plazo de los dos meses siguientes a su entrada en vigor, para lo cual dichas comisiones solicitarán informe previo de las comisiones provinciales de seguimiento, que lo emitirán oída la propuesta de los correspondientes consejos comarcales.
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