Disposición transitoria segunda. Autorización provisional para la autorización de nasas para peces.
Disposición transitoria segunda del Real Decreto 410/2001, de 20 de abril, por el que se regula la pesca con artes fijos en el Caladero Nacional del Cantábrico y Noroeste. · BOE-A-2001-7791
Atención: Real Decreto 410/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
No obstante lo establecido en el apartado 4 del artículo 9, aquellos buques que en la fecha de entrada en vigor del presente Real Decreto estén autorizados para practicar la pesca con nasas para peces podrán continuar su actividad durante su vida útil.