Disposición adicional primera. Reglas de aplicación.
Disposición adicional primera del Real Decreto 410/2001, de 20 de abril, por el que se regula la pesca con artes fijos en el Caladero Nacional del Cantábrico y Noroeste. · BOE-A-2001-7791
Atención: Real Decreto 410/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La normativa contenida en este Real Decreto constituye legislación de pesca marítima, al amparo del artículo 149.1.19.a de la Constitución, salvo el artículo 13, que constituye normativa básica de ordenación del sector pesquero y se dicta, asimismo, al amparo del artículo 149.1.19.a de la Constitución.
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