Disposición transitoria quinta. Plazo para aprobar las instrucciones para la ordenación y aprovechamiento de montes.
Disposición transitoria quinta de la Ley 3/2008, de 12 de junio, de Montes y Gestión Forestal Sostenible de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2008-13685
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-07-13.
Texto consolidado
El Consejo de Gobierno aprobará las instrucciones para la ordenación y aprovechamientos de montes de Castilla-La Mancha en el plazo de un año a contar desde la fecha de aprobación por el Gobierno de España de las directrices básicas a que se refiere el artículo 31.4 de la presente Ley.