Disposición transitoria quinta. Período transitorio de regularización por causas ajenas.
Disposición transitoria quinta de la Ley 10/2018, de 9 de octubre, audiovisual de Andalucía. · BOE-A-2018-15240
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-10-17.
Texto consolidado
Aquellas personas que dispongan de título habilitante para prestar servicios de comunicación audiovisual públicos o privados de carácter comercial y ámbito local en Andalucía, que, por causa no imputable a las mismas, no se encuentren completamente regularizadas de acuerdo con lo dispuesto en la normativa de telecomunicaciones, dispondrán de un plazo de doce meses a partir del día siguiente a la entrada en vigor de la presente ley para regularizar la prestación del servicio. Una vez transcurrido dicho plazo, sin que se haya completado la regularización, serán objeto de un procedimiento de extinción de dicho título habilitante por parte de la Administración de la Junta de Andalucía para el cese en la prestación del servicio.
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