Disposición transitoria primera. Reelección de cargos.
Disposición transitoria primera del Real Decreto 1294/2007, de 28 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria y de su Consejo General. · BOE-A-2007-17283
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-10-04.
Texto consolidado
El Presidente y los Consejeros del Consejo Rector que a la entrada en vigor del presente real decreto hayan completado un mandato como Presidente o como Consejeros, respectivamente, podrán ser reelegidos por otros dos mandatos como máximo; y los que en dicha fecha hayan cumplido dos o más mandatos consecutivos, sólo podrán ser reelegidos por otro mandato.
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