Artículo único. Aprobación de los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria y de su Consejo General.
Artículo único del Real Decreto 1294/2007, de 28 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria y de su Consejo General. · BOE-A-2007-17283
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-10-04.
Texto consolidado
Se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria y de su Consejo General, cuyo texto se incluye como anexo.