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Real Decreto Vigente

Disposición transitoria primera. Competencia docente hasta la extinción de la antigua ordenación académica.

Disposición transitoria primera del Real Decreto 1284/2002, de 5 de diciembre, por el que se establecen las especialidades de los Cuerpos de Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, se adscriben a ellas los profesores de dichos Cuerpos y se determinan los módulos, asignaturas y materias que deberán impartir. · BOE-A-2002-24817

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-12-21.

Texto consolidado

Mientras subsista la antigua ordenación académica de las enseñanzas, según el calendario establecido, el profesorado de los Cuerpos a los que se refiere el presente Real Decreto seguirá teniendo competencia docente para impartir las enseñanzas atribuidas a sus antiguas especialidades.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-12-21.

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