Disposición transitoria primera.
Disposición transitoria primera de la Ley 9/1995, de 28 de marzo, de Medidas de Política Territorial, Suelo y Urbanismo. · BOE-A-1995-18784
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-05-01.
Texto consolidado
Los procedimientos relativos a la autorización, en suelo no urbanizable, de obras, construcciones e instalaciones, así como los correspondientes usos y actividades, que estuvieran aún en tramitación al tiempo de la entrada en vigor de esta Ley continuarán tramitándose y se resolverán conforme a la legislación vigente al tiempo de la publicación de esta Ley.