Disposición transitoria primera. Juntas rectoras.
Disposición transitoria primera de la Ley 5/2019, de 2 de agosto, del patrimonio natural y de la biodiversidad de Galicia. · BOE-A-2019-13519
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-08-27.
Texto consolidado
Las juntas consultivas constituidas a la entrada en vigor de la presente ley pasan a denominarse juntas rectoras, sin que esta modificación de su denominación conlleve cambio alguno en las funciones que tienen encomendadas.
Más artículos de Ley 5/2019
- ← Disposición adicional sexta. Medidas de defensa y protección en materia de gestión de la Red Natura 2000 de Galicia.
- → Disposición transitoria segunda. Zonas de especial protección de los valores naturales.
- Ver la norma completa: Ley 5/2019, de 2 de agosto, del patrimonio natural y de la biodiversidad de Galicia.