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Ley Derogada

Disposición transitoria primera.

Disposición transitoria primera de la Ley 5/2005, de 16 de diciembre, del Procurador General. · BOE-A-2006-1774

Atención: Ley 5/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

En tanto el Procurador General no disponga de Registro propio, el Registro General de la Junta General del Principado de Asturias funcionará como Registro del Procurador General.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-01-19.

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