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Ley Derogada

Disposición transitoria segunda.

Disposición transitoria segunda de la Ley 5/2005, de 16 de diciembre, del Procurador General. · BOE-A-2006-1774

Atención: Ley 5/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Se faculta al Consejo de Gobierno para habilitar los créditos necesarios para el funcionamiento del Procurador General hasta tanto se cree su propia Sección en el estado de gastos de los presupuestos generales del Principado de Asturias.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-01-19.

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