Disposición transitoria primera.
Disposición transitoria primera de la Ley 4/1991, de 8 de noviembre, reguladora del juego en la Comunidad Autónoma del País Vasco. · BOE-A-2012-2681
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-11-26.
Texto consolidado
Los Reglamentos a los que hace referencia esta Ley serán aprobados por el Gobierno de la Comunidad Autónoma del País Vasco en el plazo de dos años a partir de la entrada en vigor de la misma.