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Ley Vigente

Disposición transitoria primera. Calendario de aplicación.

Disposición transitoria primera de la Ley 1/2024, de 27 de junio, por la que se regula la libertad educativa. · BOE-A-2024-16511

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-06-28.

Texto consolidado

1. Hasta la implantación de lo previsto en el título I de esta ley en los diferentes cursos y etapas, según el calendario de aplicación establecido en la disposición final segunda, se aplicará el programa lingüístico establecido por las disposiciones vigentes hasta la fecha de la entrada en vigor de la presente ley, con la excepción de los programas experimentales que hubiesen sido autorizados en virtud del artículo 8 de la Ley 4/2018, de 21 de febrero, de la Generalitat, por la que se regula y promueve el plurilingüismo en el sistema educativo valenciano.

2. En la aplicación del programa lingüístico regulado por la Ley 4/2018, de 21 de febrero, de la Generalitat, hasta la completa implantación de lo establecido en el título I de la presente ley, continuará siendo de aplicación el artículo 108 de la Ley 7/2023, de 26 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-06-28.

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