Disposición adicional séptima. Referencias normativas.
Disposición adicional séptima de la Ley 1/2024, de 27 de junio, por la que se regula la libertad educativa. · BOE-A-2024-16511
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-06-28.
Texto consolidado
Desde la entrada en vigor de la presente ley:
1. Todas las referencias que las normas en vigor hagan al PEPLI se entenderán efectuadas a la proporción de lenguas vehiculares del centro.
2. Todas las referencias que la normativa vigente realice a los planes de normalización lingüística se entenderán efectuadas a los planes de uso de las lenguas de los centros docentes.
3. Todas las referencias que las normas en vigor hagan referencia al proyecto lingüístico de centro se entenderán realizadas a la concreción de la proporción de lenguas vehiculares realizada por el centro y a los planes de uso de las lenguas de los centros docentes.