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Decreto Legislativo Vigente

Disposición transitoria primera.

Disposición transitoria primera del Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña. · DOGC-f-2003-90008

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-05-21.

Texto consolidado

Las juntas de vecinos de las entidades municipales descentralizadas de Cataluña tienen que mantener el mismo número de vocales existente en el momento de la entrada en vigor de la Ley 21/2002, de 5 de julio, de séptima modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, municipal y de régimen local de Cataluña, hasta que se tenga que escoger una nueva junta, en que será aplicable lo que establece el artículo 80 de esta Ley en relación con el número de vocales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-05-21.

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