Disposición transitoria cuarta. Entrada en funcionamiento del Consejo Asesor de Medio Ambiente de Andalucía.
Disposición transitoria cuarta de la Ley 2/2026, de 12 de marzo, para la Gestión Ambiental de Andalucía. · BOE-A-2026-7558
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-06-20.
Texto consolidado
Hasta tanto se produzca la aprobación del Decreto por el que se regule la composición y régimen de funcionamiento del Consejo Asesor de Medio Ambiente de Andalucía previsto en el artículo 11 de la presente ley, mantendrá su condición de órgano colegiado de participación social el Consejo Andaluz de Medio Ambiente previsto en el Decreto 57/1995, de 7 de marzo, por el que se crea el Consejo Andaluz de Medio Ambiente.