Disposición transitoria quinta. Proyectos carentes de evaluación de impacto ambiental.
Disposición transitoria quinta de la Ley 2/2026, de 12 de marzo, para la Gestión Ambiental de Andalucía. · BOE-A-2026-7558
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-06-20.
Texto consolidado
Lo dispuesto en el artículo 20.6 será de aplicación a proyectos que se encuentren parcial o totalmente ejecutados sin haberse sometido al preceptivo procedimiento de evaluación de impacto ambiental con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley.