Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Disposición final tercera del Real Decreto 857/2022, de 11 de octubre, por el que se regulan los fondos y programas operativos de las organizaciones de productores del sector de las frutas y hortalizas y de sus asociaciones en el marco de la intervención sectorial del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común. · BOE-A-2022-16586
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-10-13.
Texto consolidado
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Más artículos de Real Decreto 857/2022
- ← Disposición final segunda. Facultad de modificación.
- Ver la norma completa: Real Decreto 857/2022, de 11 de octubre, por el que se regulan los fondos y programas operativos de las organizaciones de productores del sector de las frutas y hortalizas y de sus asociaciones en el marco de la intervención sectorial del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común.