Disposición final sexta. Supresión de la Agencia Estatal de Radiocomunicaciones.
Disposición final sexta del Real Decreto-ley 13/2012, de 30 de marzo, por el que se transponen directivas en materia de mercados interiores de electricidad y gas y en materia de comunicaciones electrónicas, y por el que se adoptan medidas para la corrección de las desviaciones por desajustes entre los costes e ingresos de los sectores eléctrico y gasista. · BOE-A-2012-4442
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-04-01.
Texto consolidado
1. Se suprime la Agencia Estatal de Radiocomunicaciones creada por el artículo 47 de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones.
2. Las funciones y potestades que la Agencia Estatal de Radiocomunicaciones tenía asignadas se entenderán atribuidas a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.
3. Toda referencia que Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones y demás normativa vigente tenga efectuada en relación con la Agencia Estatal de Radiocomunicaciones, se entenderá realizada en favor de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.
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