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Ley Derogada

Disposición final sexta. Habilitación para la regulación del teletrabajo en la Administración General del Estado.

Disposición final sexta de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. · BOE-A-2007-12352

Atención: Ley 11/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El Ministerio de Administraciones Públicas, en colaboración con los Ministerios de Economía y Hacienda, de Industria, Turismo y Comercio y de Trabajo y Asuntos Sociales, regularán antes del 1 de marzo de 2008 las condiciones del teletrabajo en la Administración General del Estado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-06-24.

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