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Real Decreto Derogada

Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 1134/2002, de 31 de octubre sobre aplicación de sanciones en materia de pesca marítima a españoles enrolados en buques con abanderamiento de conveniencia.

Disposición final primera del Real Decreto 747/2008, de 9 de mayo, por el que se establece el Reglamento del régimen sancionador en materia de pesca marítima en aguas exteriores. · BOE-A-2008-9156

Atención: Real Decreto 747/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Se añade un apartado 3 en el artículo 2 del Real Decreto 1134/2002, de 31 de octubre sobre aplicación de sanciones en materia de pesca marítima a españoles enrolados en buques con abanderamiento de conveniencia, con la siguiente redacción:

«3. El incumplimiento de lo dispuesto en el presente Real Decreto se regirá por lo dispuesto en el Real Decreto 747/2008, de 9 de mayo, del régimen sancionador en materia de pesca marítima en aguas exteriores.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-06-17.

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