Disposición final primera.
Disposición final primera del Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña. · DOGC-f-2003-90008
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-05-21.
Texto consolidado
El Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales, en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la Ley 21/2002, de 5 de julio, de séptima modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, municipal y de régimen local de Cataluña, tiene que promulgar un reglamento de organización y funcionamiento de las entidades locales o un reglamento orgánico de los ayuntamientos catalanes que será aplicable a los que no hayan aprobado uno propio.