Disposición final cuarta. Actualización de las sanciones.
Disposición final cuarta de la Ley 19/2003, de 4 de julio, del Taxi. · BOE-A-2003-15897
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-08-16.
Texto consolidado
2. Se faculta al Gobierno, a propuesta del consejero o consejera competente en la materia, para actualizar el importe de las sanciones establecidas por la presente Ley, de acuerdo con la evolución de las circunstancias socioeconómicas y en función del incremento del índice de precios al consumo.