Disposición adicional vigesimotercera. Filmoteca de Andalucía.
Disposición adicional vigesimotercera de la Ley 4/2026, de 24 de marzo, de Patrimonio Cultural de Andalucía. · BOE-A-2026-9798
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2027-04-07.
Texto consolidado
La sede de la Filmoteca de Andalucía tendrá la consideración de bien de interés cultural, y tanto dicha entidad como los bienes muebles integrantes del patrimonio cultural de Andalucía en ella custodiados quedarán sometidos a dicho régimen.
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