Disposición adicional vigésima sexta.
Disposición adicional vigésima sexta de la Ley 50/1984, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1985. · BOE-A-1984-28337
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1985-01-01.
Texto consolidado
No obstante lo dispuesto en el artículo 5, se autoriza al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para efectuar las transferencias que resulten precisas entre los conceptos 400, 411, 430, 450, 460 y 472 del Programa 322.A del Servicio 101.