Disposición adicional única. Instrucciones generales de la persona titular de la Fiscalía General del Estado.
Disposición adicional única del Real Decreto 147/2022, de 22 de febrero, por el que se regula el régimen de sustituciones y de medidas de apoyo o refuerzo en el Ministerio Fiscal. · BOE-A-2022-2850
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-02-24.
Texto consolidado
La persona titular de la Fiscalía General del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en este real decreto y de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 de la disposición adicional cuarta de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, podrá dictar instrucciones de carácter general en relación con la organización y gestión de las sustituciones, los criterios de actuación de las fiscalías, así como con el contenido de las propuestas de adopción de medidas de apoyo o refuerzo.