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Orden Vigente 2 redacciones

Disposición adicional única. Arrendamientos de existencias mínimas de seguridad de gas natural.

Disposición adicional única de la Orden TED/72/2023, de 26 de enero, por la que se desarrollan los procedimientos necesarios para el cumplimiento de la obligación de mantenimiento de existencias mínimas de seguridad de gas natural. · BOE-A-2023-2297

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-04-03.

Texto consolidado

A efectos de lo establecido en la presente orden ministerial y del cumplimiento de la obligación de mantenimiento de existencias mínimas de seguridad de gas natural, los arrendamientos que los sujetos obligados formalicen deberán comunicarse, a CORES y al GTS, el día de su firma y, en todo caso, antes de la entrada en vigor del contrato.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-04-03.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2026-7440.

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