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Orden Vigente

Disposición final primera. Modificación de la Orden ITC/3862/2007, de 28 de diciembre, por la que se establece el mecanismo de asignación de la capacidad de los almacenamientos subterráneos de gas natural y se crea un mercado de capacidad.

Disposición final primera de la Orden TED/72/2023, de 26 de enero, por la que se desarrollan los procedimientos necesarios para el cumplimiento de la obligación de mantenimiento de existencias mínimas de seguridad de gas natural. · BOE-A-2023-2297

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-31.

Texto consolidado

1. Se modifica el apartado 2 del artículo 6 «Presentación y contenido de las solicitudes para el reparto de capacidad», que pasa a tener la siguiente redacción:

«2. Las solicitudes para reservar capacidad de almacenamiento subterráneo se realizarán entre el 20 y el 25 de febrero y serán dirigidas al Gestor Técnico del Sistema (GTS).»

2. Se modifica el apartado 1 del artículo 7 «Asignación provisional y definitiva de capacidad», que pasa a tener la siguiente redacción:

«1. Antes del 4 de marzo, el Gestor Técnico del Sistema (GTS) comunicará a cada solicitante la asignación provisional de capacidad en aplicación de los criterios previstos en esta orden, los cuales dispondrán de un plazo de cuatro días hábiles para presentar alegaciones.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-01-31.

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