Disposición adicional única. Uso autorizado del logotipo.
Disposición adicional única de la Orden PCI/18/2020, de 10 de enero, por la que se establece el Reglamento del Observatorio Profesional del Instituto Nacional de las Cualificaciones y se determinan las condiciones para el registro y reconocimiento de las entidades colaboradoras del Instituto Nacional de las Cualificaciones. · BOE-A-2020-789
Atención: Orden PCI/18/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Se autoriza a las instituciones firmantes del convenio con el Instituto Nacional de las Cualificaciones a la utilización responsable del logotipo recogido en el Anexo III de esta orden en los términos previstos, sin perjuicio de las acciones legales que pudieran derivarse del uso abusivo y ajeno al marco de colaboración suscrito.
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