Disposición adicional séptima. Convenios de colaboración en materia de actividad física y deporte en edad escolar.
Disposición adicional séptima de la Ley 2/2023, de 30 de marzo, de la actividad física y del deporte del País Vasco. · BOE-A-2023-10639
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-19.
Texto consolidado
En orden a posibilitar la extensión, en materia de actividad física y deporte escolar, de los convenios de colaboración entre los centros integrados en la escuela pública vasca con las asociaciones deportivas y demás entidades públicas o privadas, quedan autorizados los directores o las directoras de los citados centros para suscribir los citados convenios de colaboración, con los límites y condiciones que, en su caso, determine reglamentariamente el departamento de la Administración general de la Comunidad Autónoma competente en materia educativa.
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