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Real Decreto Vigente

Disposición adicional segunda. Bienes decomisados por delito de contrabando.

Disposición adicional segunda del Real Decreto 948/2015, de 23 de octubre, por el que se regula la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos. · BOE-A-2015-11427

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-10-24.

Texto consolidado

Quedan excluidos del ámbito de aplicación del presente real decreto los bienes decomisados por delito de contrabando, que se regularán por lo dispuesto en la Ley Orgánica 12/1995, de 12 de diciembre, de represión del contrabando.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-10-24.

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