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Real Decreto Vigente

Disposición adicional segunda. Empresas instaladoras y de reparación y mantenimiento de equipos radioeléctricos en los buques.

Disposición adicional segunda del Real Decreto 1185/2006, de 16 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las radiocomunicaciones marítimas a bordo de los buques civiles españoles. · BOE-A-2006-18968

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-02-01.

Texto consolidado

No será de aplicación a las empresas instaladoras y de reparación y mantenimiento de equipos radioeléctricos en los buques lo dispuesto en el artículo 15 del Real Decreto 401/2003, de 4 de abril, por el que se aprueba el Reglamento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de los edificios y de la actividad de instalación de equipos y sistemas de telecomunicaciones.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-02-01.

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