Disposición adicional tercera. Creación del Registro de empresas instaladoras, de reparación y mantenimiento de equipos radioeléctricos de los buques.
Disposición adicional tercera del Real Decreto 1185/2006, de 16 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las radiocomunicaciones marítimas a bordo de los buques civiles españoles. · BOE-A-2006-18968
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-02-01.
Texto consolidado
Se crea, en la Dirección General de la Marina Mercante, el Registro de empresas instaladoras, de reparación y mantenimiento de equipos radioeléctricos de los buques, que tendrá carácter administrativo.
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