Disposición adicional segunda. Entidad pública de justicia juvenil.
Disposición adicional segunda de la Ley 9/2019, de 19 de febrero, de la atención y los derechos de la infancia y la adolescencia de las Illes Balears. · BOE-A-2019-5578
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-05-28.
Texto consolidado
Se utiliza la expresión entidad pública de justicia juvenil referida a la entidad pública competente para la ejecución de medidas en el marco de la legislación reguladora de la responsabilidad penal de las personas menores de edad infractoras.